Este cuadro de Zurbarán, "Defensa de Cádiz", ilustra perfectamente el objetivo y prioridad de nuestra asociación.

lunes, 27 de diciembre de 2010

LIBERTAD Y PERSECUCION RELIGIOSA por Manuel Clavero Arévalo

(Publicado en el Diario de Cádiz el 26 de diciembre de 2010. Manuel Clavero Arévalo es el Presidente del Consejo Editorial del Grupo Joly))

DÍAS antes de la reciente visita de Benedicto XVI a España, el Gobierno aparcó el proyecto de Ley de Libertad Religiosa en el que venía trabajando hace tiempo, que sustituiría a la actualmente vigente 7/1980, de 5 de julio. El proyecto preocupa al Vaticano porque en él figuran prohibiciones como la de exhibir símbolos religiosos en los establecimientos públicos, salvo que tenga valor histórico, artístico, arquitectónico o cultural. Las autoridades que participen en actos religiosos evitarán la discriminación a otras confesiones y las religiones de notorio arraigo verán ampliados sus derechos. El Estado organizará exclusivamente funerales civiles y sólo organizará ceremonias religiosas si los familiares de los fallecidos lo piden. Tampoco habrá crucifijos en los centros públicos. Las autoridades, según el texto en elaboración, no deberán asistir solamente a los actos en que sean invitados por la Iglesia católica, sino también a actos organizados por las demás confesiones y, al parecer, está pendiente de redactar la regulación de los símbolos religiosos individuales que pueden llevarse en espacios públicos.

También en el proyecto se regula la objeción de conciencia en un artículo que dice: "Las convicciones o creencias no eximen del cumplimiento de las leyes, ni exculpan de su incumplimiento. La objeción de conciencia se reconoce en los supuestos expresamente previstos en la Constitución y en las leyes aprobadas por las Cortes Generales". El Tribunal Constitucional tiene reconocida la de conciencia al personal sanitario en los casos de aborto.

El proyecto también reconoce como parte de la libertad religiosa el derecho a la apostasía. Cualquier ciudadano podrá "tener y mantener la religión de su elección, no tener ninguna o cambiar y abandonar la que tenía".

Sin embargo, no deroga, ni puede hacerlo, los Convenios Iglesia-Estado de 1979, ni deroga el sistema de financiación de la Iglesia Católica.

En Europa, y en general en Occidente, se reconoce la libertad religiosa y se prohíbe perseguir a nadie por las creencias que tenga, y la Declaración Universal de Derechos Humanos proclama la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, y también la Constitución española y la Ley Orgánica vigente de Libertad religiosa.

Recientemente, la sentencia de 3 de noviembre de 2009 del Tribunal Europeo de Derechos Humanos resuelve un litigio promovido contra el Estado italiano por una madre extranjera que alega que la presencia del crucifijo en las aulas viola el derecho de libertad de conciencia y de religión. Tras un detallado análisis de los argumentos de las partes, el Tribunal llega a la conclusión de que la presencia del símbolo de una religión concreta en las aulas restringe el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones, así como el derecho de los niños escolarizados a creer o no creer. Un amplio estudio de esta sentencia y de las del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de libertad religiosa, puede verse en el trabajo de profesor Lorenzo Martín Retortillo Símbolos religiosos en actos y espacios públicos (El Cronista, noviembre de 2010).

La libertad religiosa no implica que la legislación del Estado tenga que estar de acuerdo con la doctrina de la Iglesia católica, ni de ninguna otra confesión. De hecho en gran parte de Europa se han promulgado leyes reguladoras del aborto, de los matrimonios homosexuales, de parejas de hecho, etcétera.

Desgraciadamente, frente a la libertad religiosa, existen muchos países y ciudades en que se produce una persecución religiosa, especialmente de los cristianos. Recientemente un autor, poco sospechoso de catolicismo, como Bernard-Henri Lévy, ha publicado un artículo titulado En defensa de los cristianos (El País de 21 de noviembre de 2010), en el que va consignado las persecuciones, incluso físicas, que los cristianos sufren en los distintos países y ciudades del mundo y declara que los cristianos forman hoy, a escala planetaria, la comunidad más violenta e impunemente perseguida. Teherán, Gaza, Sudán, Eritrea donde proclaman verse libres de evangélicos antes de Navidad, el Congo, Bagdad, Corea del Norte, Cuba y China, entre otros muchos. Las persecuciones de cristianos que enumera en cada país son impresionantes, y van desde el asesinato en las puertas de las iglesias al encarcelamiento, los casamientos forzosos de mujeres cabileñas o cristianas, a la humillación y a la reclusión en campos de concentración, etcétera.

Me parece bien que en Occidente y en España nos preocupemos por mejorar la regulación de la legislación sobre la libertad religiosa, aunque no exista una demanda social para ello, pero más nos debe preocupar la persecución que los cristianos y miembros de otras confesiones sufren en muchos países.

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